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CENCOS; A diez años de la muerte de Digna Ochoa la PGJDF insiste en el suicidio

19 de octubre de 2011

Miércoles 19 de octubre de 2011, por acuddeh

A diez años del homicidio de Digna la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal insiste en que se suicidó. El 28 de agosto de 2011 la Juez Séptima de Distrito de Amparo en Materia Penal negó el amparo interpuesto por los representantes de la familia de Digna.

Los argumentos que utiliza son sesgados y un insulto a la razón en tanto que mediante el ocultamiento de pruebas y la tergiversación de los hechos, pretenden hacer creer que lo que nuestros sentidos pueden constatar es una fantasía.

Difusión Cencos México D.F., 18 de octubre de 2011

Boletín de prensa
Pilar Noriega García

A diez años del homicidio de Digna la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal insiste en que se suicidó. El 28 de agosto de 2011 la Juez Séptima de Distrito de Amparo en Materia Penal negó el amparo interpuesto por los representantes de la familia de Digna.

Los argumentos que utiliza son sesgados y un insulto a la razón en tanto que mediante el ocultamiento de pruebas y la tergiversación de los hechos, pretenden hacer creer que lo que nuestros sentidos pueden constatar es una fantasía.

En una fotografía tomada por el Servicio Médico Forense del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal en la madrugada del 20 de octubre de 2001, se marca en un circulo la ceja, y la respuesta a la pregunta ¿Qué se observa?, para la Procuraduría, en la resolución inicial en 2003 y la resolución de noviembre de 2010 se trata de agua acumulada, sí, agua, no una herida. Lo que la Procuraduría oculta es que además rasuraron su ceja, algo que no se observa en la fotografía pero existen las tomas de todo el proceso. Con todo y la “fantasía” de la Procuraduría cabría la pregunta cómo es posible que al rasurarla permanezca el agua y por qué, en una investigación seria y profesional, el personal del Servicio Médico Forense de la Procuraduría no habría secado el agua acumulada al tomar la impresión.

Al igual que con todos los demás argumentos de la Procuraduría para sostener el suicidio de Digna Ochoa, se puede concluir una de dos cosas, que se trata de una resolución sesgada o que ésta es una prueba contundente de la incapacidad y falta de profesionalismo de una institución que exhibe como en México muchas investigaciones se llevan a cabo bajo consigna, se fabrican culpables o como en este caso, se crea impunidad.

La resolución de noviembre de 2010 niega la existencia de varias heridas, como la del cuello, que pudiera ser de una marca de uña y que es perfectamente visible según se puede notar en una fotografía.

Para la Procuraduría no existe esa fotografía, y tramposamente en su resolución de noviembre de 2010 presenta otra fotografía, para poder sostener que no hay ninguna herida sino que se trata de livideces.

Tanto la Fiscal Especial, Margarita Guerra, como la Agente de la Unidad Revisora de la Coordinación de Agentes del Ministerio Púbico Auxiliares del Procurador General de Justicia del Distrito Federal, María Isabel Beltrán Sánchez, ocultaron que Digna recibió amenazas el 16 de octubre de 2001, tres días antes de su homicidio. Esas Amenazas fueron encontradas durante la inspección que se realizó en casa de Digna después del homicidio.

Como en 2003 la coadyuvancia impugnó la sentencia en que la jueza primera de Distrito de amparo en materia penal, Martha Sánchez Alonso, les negó el amparo, en la revisión de esa sentencia un Tribunal Colegiado les otorgó el amparo para que se aceptaran las pruebas que la Procuraduría no quería realizar. Una de esas pruebas era sobre el arma y resultó que sí impregna de gases y pólvora a quien la acciona. Esa prueba se realizó en el laboratorio de la Procuraduría.

Sin embargo, la resolución de la Procuraduría de 2010 insiste en que la prueba debió realizarse en las mismas condiciones en que sucedieron los hechos. Nuevamente puede verse hasta que punto de contrariedad y absurdo llega la Procuraduría tratando de sostener lo insostenible, porque su versión implicaría la incapacidad institucional. Lo que sería motivo de investigación sobre la responsabilidad profesional y renuncia inmediata del personal que intervino en la investigación de 2003 y la actual administración de la Procuraduría por su ineptitud.

Es de señalar que, la Juez Séptima de Distrito de Amparo en Materia Penal es la misma juez que en el 2003 estaba en el Juzgado primero de Distrito que negó en aquella ocasión el amparo.

Iniciative Mexiko, Amnesty International y Kios, realizarán un evento conmemorativo el 19 de octubre a las 19:00 hrs en el Andachtsraum de la Wichern-Schule, Horner Weg 164 (U2 Rauhes Haus). Hamburgo.

Para mayor información: solicita el documento Caso Digna: Insulto a la Razón al correo electrónico comunicacion@cencos.org indicando tu nombre completo y tu medio u organización.

Información difundida por el Área de Comunicación y Visibilidad de Cencos


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