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FIDH-OMCT: MÉXICO: En el aniversario de la aprobación de la Ley para la Protección para Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas, Organizaciones Internationales urgen al Estado mexicano la efectiva implementación del Mecanismo Nacional de Protección

26 de junio 2013

Miércoles 26 de junio de 2013

Ginebra-París-Bruselas-Dublin, 26 de junio de 2013. La Organización Mundial Contra la Tortura (OMCT) y la Federación Internacional de Derechos Humanos (FIDH), en el marco de su programa conjunto, el Observatorio para la Protección de los Defensores de Derechos Humanos, las Brigadas Internacionales de Paz (PBI) y Front Line Defenders consideran urgente la efectiva implementación del Mecanismo Nacional de Protección contemplado en la Ley dirigida a proteger defensores de derechos humanos y periodistas, legislación aprobada hace exactamente un año.

COMUNICADO DE PRENSA

MÉXICO: En el aniversario de la aprobación de la Ley para la Protección para Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas, Organizaciones Internationales urgen al Estado mexicano la efectiva implementación del Mecanismo Nacional de Protección

Ginebra-París-Bruselas-Dublin, 26 de junio de 2013. La Organización Mundial Contra la Tortura (OMCT) y la Federación Internacional de Derechos Humanos (FIDH), en el marco de su programa conjunto, el Observatorio para la Protección de los Defensores de Derechos Humanos, las Brigadas Internacionales de Paz (PBI) y Front Line Defenders consideran urgente la efectiva implementación del Mecanismo Nacional de Protección contemplado en la Ley dirigida a proteger defensores de derechos humanos y periodistas, legislación aprobada hace exactamente un año.

El pasado 25 de junio de 2012 entró en vigor la Ley para la Protección de Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas, aprobada por unanimidad por el Congreso mexicano. Dicha ley prevé, entre otras medidas, la creación de un Mecanismo Nacional de Protección.

En su momento, las organizaciones firmantes acogieron con satisfacción la aprobación de esta ley que estableció un marco institucional para la adopción de medidas para garantizar de forma efectiva la vida, integridad personal, libertad y seguridad de las personas que se encuentren en situación de riesgo como consecuencia de sus labores en defensa de los derechos humanos y el ejercicio del periodismo, así como la de sus familias.

La Ley para la Protección de Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas supuso un avance crucial para garantizar la protección de las y los defensores de derechos humanos y para, a su vez, fortalecer la protección de los derechos humanos y el Estado de Derecho en México. Sin embargo, un año después de la entrada en vigor de la citada Ley, el reglamento y los protocolos de operación respectivos no han sido implementados a cabalidad a pesar de haber sido aprobados desde los primeros meses del funcionamiento del Mecanismo y contener las mejores prácticas internacionales.

Por este motivo, las organizaciones firmantes exhortan al Gobierno Federal a que adopte las medidas necesarias para garantizar la plena operatividad del Mecanismo Nacional de Protección para Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas a fin de que la protección garantizada por la Ley sea efectiva de manera inmediata, incluyendo:

  • Dotar al Mecanismo Nacional de Protección de suficiente personal capacitado para su eficacia y operatividad.
  • Asegurar el establecimiento del Comité de Operación de Fondos.
  • Proceder a liberar de manera inmediata los fondos destinados al Mecanismo Nacional de Protección.
  • Instalar sin demora la Unidad de Prevención, Análisis y Seguimiento y nombrar a su titular conforme a los perfiles consensuados por la Junta de Gobierno.
  • Convocar a una reunión de alto perfil entre el Secretario de Gobernación, representantes de la sociedad civil mexicana y el Consejo Consultivo del Mecanismo Nacional de Protección.
  • Difundir la labor del Mecanismo Nacional de Protección.
  • Dotar de apoyo político a las acciones emprendidas desde el Mecanismo Nacional de Protección.

Las organizaciones firmantes enfatizan que tales medidas deben ser tramitadas en todo momento de manera transparente y en consulta con las organizaciones mexicanas de la sociedad civil, requisito indispensable para salvaguardar la legitimidad y eficacia del Mecanismo de Protección.

Las organizaciones firmantes reiteran que junto con las medidas que se han adoptado hasta la fecha en virtud de la aprobaciôn de la Ley para la Protección de Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas, se deben implementar medidas que luchen contra la impunidad cuando sus derechos fundamentales son vulnerados. Así, en estos casos, las autoridades estatales y federales deben garantizar que los responsables sean llevados ante la justicia conforme a las normas internacionales y nacionales de derechos humanos.


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